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Verifactu: qué es, a quién afecta y cuándo entra en vigor

Qué es Verifactu, a quién afecta, las fechas de 2027 y qué hacer si facturas con un programa, con Excel o a mano. Con los datos oficiales de Hacienda.

Si tienes un negocio y haces tus facturas con un programa, en 2027 ese programa tiene que cumplir Verifactu.

Seguro que ya te ha llegado algo: un aviso de tu gestoría, un correo de tu programa de facturación, una noticia… Y la duda es siempre la misma: ¿esto me afecta y qué tengo que hacer?

Te lo contamos claro, con los datos oficiales de Hacienda: qué es, a quién afecta, las fechas y los pasos para llegar a tiempo.

Lo esencial en 30 segundos

  • Qué es: la norma que obliga a los programas de facturación a registrar cada factura con un código de seguridad, para que no se pueda borrar ni cambiar sin dejar huella.
  • A quién afecta: a empresas y autónomos que hacen sus facturas con un programa, con la caja registradora o con su tienda online.
  • Cuándo: las sociedades, antes del 1 de enero de 2027. Los autónomos y el resto, antes del 1 de julio de 2027.
  • A quién no afecta: a quien hace TODAS sus facturas a mano, a quien está en el SII y a quien tiene su domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra.
  • Qué hacer: preguntar a tu proveedor si tu programa está adaptado. Si facturas poco, Hacienda tiene una aplicación gratuita.
  • Si no te adaptas: tener un programa sin adaptar se multa con 50.000€ por cada ejercicio.

Qué es Verifactu

«Verifactu» es el nombre con el que se conoce el Real Decreto 1007/2023. Es el reglamento que fija los requisitos de los programas de facturación.

La idea es sencilla. Cada vez que haces una factura, tu programa tiene que crear un registro de facturación: un resumen de esa factura con varias medidas de seguridad.

  • Una huella digital de los datos: un código que cambia si alguien toca la factura.
  • Un enlace con el registro anterior, para que se note si falta alguna factura.
  • La firma electrónica de quien factura, cuando corresponde.

Además, cada factura lleva un código QR. Tu cliente puede leerlo con la cámara del móvil y enviar algunos datos de la factura a Hacienda para que los compruebe.

Casi todo lo hace el programa. Lo importante es que tu programa esté adaptado.

Fechas: cuándo tienes que estar listo

Las fechas se retrasaron en diciembre de 2025 con el Real Decreto-ley 15/2025. Ahora son estas:

1 ene 2027SociedadesLas empresas que presentan el Impuesto sobre Sociedades, como las SL y las SA.
1 jul 2027Autónomos y restoLos autónomos que tributan en el IRPF por su actividad y el resto de obligados.

¿Y hasta entonces? Es un periodo de pruebas. Puedes probar un programa adaptado y, si no te convence, volver al de siempre.

Nuestro consejo: no lo dejes para el último mes. Cambiar de programa lleva su tiempo: pasar los clientes y los productos, preparar las series de facturas y aprender a usarlo.

¿Me afecta?

Afecta a las empresas y a los autónomos establecidos en España que hacen facturas con algún programa. Hacienda lo resume en la «regla de los 4 NO». Te afecta si:

  • NO haces todas tus facturas a mano. Es decir, usas algún programa para hacerlas.
  • NO estás en el SII (Suministro Inmediato de Información), el sistema en el que las empresas grandes, y quien se apunta por su cuenta, envían sus libros de IVA a Hacienda en pocos días.
  • NO tienes tu domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, que tienen sus propias normas.
  • NO tienes una resolución de Hacienda que te exima.

Estos son los casos más habituales:

Si estás en el régimen simplificado del IVA («módulos»), en el de recargo de equivalencia o en el de agricultura, ganadería y pesca, en general no tienes que hacer facturas. Hay excepciones, así que confírmalo con tu gestoría.
Cómo haces tus facturas¿Te afecta?
A mano, con talonarioNo
Con Word o Excel, solo para escribirlas, imprimirlas y guardarlasNo
Con un Excel que además te saca el libro de IVA o la contabilidadSí
Con un programa de facturación o de gestiónSí
Con la caja registradora o el TPV, cuando el ticket es una factura simplificadaSí
Desde tu tienda online, que las hace solaSí
Te las hace tu gestoría con su programaSí Se encarga la gestoría, pero el responsable sigues siendo tú

¿Vendes por internet? También te afecta. A Hacienda le da igual que vendas en una tienda de la calle o en tu web. Si tu tienda online hace las facturas sola, el programa o el complemento que las genera tiene que estar adaptado.

Las dos modalidades: VERI*FACTU o no

Los programas adaptados pueden funcionar de dos maneras. Si el tuyo permite las dos, eliges tú.

VERI*FACTU

El programa envía a Hacienda el registro de cada factura en el momento de hacerla.

Es la modalidad de la aplicación gratuita de Hacienda.

No VERI*FACTU

El programa guarda los registros, con firma electrónica, y no envía nada al momento.

Los conservas a disposición de Hacienda.

Un detalle: si empiezas con VERI*FACTU a partir de tu fecha obligatoria, tienes que seguir con esa modalidad al menos hasta el final de ese año.

Qué tienes que hacer, paso a paso

  1. Comprueba si te afecta. Repasa la regla de los 4 NO. Hacienda tiene un asistente en su web que te ayuda a comprobarlo.
  2. Pregunta a tu proveedor. Si ya usas un programa de facturación, pregúntale si tu versión está adaptada. Lo más habitual es que ya tenga una. Pídele la declaración responsable: el documento en el que el fabricante certifica que el programa cumple. Tiene que verse en el propio programa.
  3. Si facturas poco, mira la aplicación gratuita de Hacienda. Es un formulario para hacer facturas pensado para negocios pequeños. Guarda los datos de tus clientes y productos para no escribirlos cada vez.
  4. Revisa tu tienda online. Si tu web hace facturas, comprueba que el complemento o el programa que las genera esté adaptado.
  5. Jubila el programa viejo. Exporta tus facturas antiguas. Puedes conservar el programa para consultarlas, pero solo si ya no se puede facturar con él.
  6. Aprovecha el cambio. Si vas a cambiar de programa, es un buen momento para que la factura salga sola desde tu tienda online, tus reservas o tu hoja de pedidos. Es lo que hacemos en automatización de procesos.

Qué pasa si no te adaptas

La multa es de 50.000€ por cada ejercicio. Es la sanción de la Ley General Tributaria por tener un programa de facturación sin adaptar, o uno adaptado que se ha modificado.

Ojo: basta con tenerlo instalado y que pueda hacer facturas. Hacienda valora cada caso, pero por eso es importante que el programa viejo ya no pueda facturar.

Para quien fabrica o vende programas que no cumplen, la multa es de 150.000€ por ejercicio. Por eso lo normal es que tu proveedor tenga ya una versión adaptada: pregúntale.

Cómo te ayudamos

La parte fiscal es cosa de tu gestoría: en qué fecha entras, qué régimen tienes o qué modalidad te conviene.

Nosotros te ayudamos con la parte tecnológica, desde nuestra consultoría tecnológica:

  • Revisamos cómo haces hoy tus facturas y qué programas usas.
  • Te ayudamos a elegir un programa adaptado. No estamos atados a ninguna marca.
  • Lo conectamos con tu tienda online, tu web o tus reservas, para que la factura salga sola.
  • Lo ponemos en marcha y te enseñamos a usarlo.

Déjanos tu teléfono y te llamamos. Si lo prefieres, llámanos tú al 635 58 28 37 o escríbenos a info@la-terrera.es.

Déjanos tus datos y te llamamos de lunes a viernes, de 8:00 a 17:00.

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Preguntas frecuentes sobre Verifactu

¿Qué pasa si hago todas mis facturas a mano?

No te afecta. Si haces todas tus facturas a mano, con talonario, no usas ningún programa de facturación y Verifactu no se aplica.

Pero si algún día haces una sola factura con un programa, sí te afecta.

¿Puedo seguir haciendo las facturas con Word o Excel?

Sí, si solo los usas para escribir la factura, imprimirla y guardarla.

Si además los usas para sacar el libro de IVA, el del IRPF o la contabilidad (por ejemplo, con una macro), Hacienda los considera un programa de facturación y tienen que cumplir.

¿Me sirve la aplicación gratuita de Hacienda?

Está pensada para negocios pequeños con pocas facturas. Funciona en la modalidad VERI*FACTU y no tiene límite de facturas.

Eso sí, todas las facturas tienen que llevar los datos del cliente. Por eso no sirve para los tickets de mostrador.

¿Tengo que borrar mi programa de facturación antiguo?

No necesariamente. Puedes conservarlo para consultar tus facturas antiguas, siempre que ya no se pueda facturar con él.

Lo más aconsejable es exportar los datos y desinstalarlo.

¿Y si me hace las facturas mi gestoría?

Si tu gestoría hace las facturas por ti con su programa, es ella quien tiene que generar los registros.

Pero la responsabilidad sigue siendo tuya. Confirma con ella que su programa está adaptado.

¿Me afecta si alquilo un local o una vivienda?

Si alquilas sin tener a nadie contratado a jornada completa, Hacienda no lo considera actividad económica y esas facturas no entran.

Pero si alquilas un apartamento turístico con servicios propios de la hostelería, sí te afecta.

¿Puedo probar VERI*FACTU y volver atrás?

Durante el periodo de pruebas, sí.

A partir de tu fecha obligatoria, si empiezas a enviar los registros con VERI*FACTU, tienes que seguir así al menos hasta el final de ese año.

¿Qué multa hay si no me adapto?

Tener un programa sin adaptar que pueda hacer facturas se sanciona con 50.000€ por cada ejercicio. Hacienda valora cada caso.

Para quien fabrica o vende programas que no cumplen, la multa es de 150.000€ por ejercicio.

Fuentes: Agencia Tributaria, nota informativa sobre la ampliación del plazo y preguntas frecuentes sobre los sistemas informáticos de facturación (actualizadas a 21 de julio de 2026); Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre; Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Este artículo es informativo: lo que vale es el texto oficial. Última revisión: 28 de septiembre de 2026.

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